En el Boletín Oficial del Estado del pasado día 25 de marzo , el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana concreta las condiciones en las que puede viajar más de una persona en los desplazamientos realizados en vehículos de menos de nueve plazas, incluido el conductor en relación al transporte terrestre público, privado complementario y particular de personas.
«El transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes.»
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