Creama, a través de su Agencia de Colocación colabora con el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) con la finalidad de que aquellos que hayan agotado su prestación puedan acudir a sus oficinas locales para realizar alguna de las acciones necesarias para solicitar su renovación.
Pra ello el demandante se compromete a realizar 3 acciones de búsqueda activa de empleo durante un período mínimo de 30 días natuales y acreditalas al servicio público de empleo estatal durante el plazo de los 2 meses siguientes al agotamiento de la prestación o subsidio por desempleo. Las acciones de búsqueda activa de empleo podrán ser tanto las que realice directamente el solicitante como las propuestas por el Servicio Público de Empleo competente. Se considerará una acción cada una de las actuaciones siguientes:
Para acreditar la inscripción en agencias de colocación autorizadas la documentación acreditativa a presentar es el Certificado de Inscripción en la agencia de colocación.
Creama es agencia de colocación autorizada por el SEPE con nº 1000000039 desde abril de 2012 y es por tanto la única Agencia acreditada en la comarca para realizar los trámites de inscripción. Hay que recordar que las Agencias de Desarrollo Local no son entidades acreditadas para llevar a cabo estos trámites, ya que ellos han de realizarse en una Agencia de Colocación autorizada como es, en este caso, el Creama.
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