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Ayudas en materia de artesanía

Creama informa sobre las ayudas en materia de artesanía por la Covid-19

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado la aprobación de las bases reguladoras de concesión directa de estas ayudas con el fin de garantizar el mantenimiento de la actividad y la continuidad de los oficios tradicionales artesanos vinculados al mundo de la fiesta, afectadas por la crisis generada por la COVID-19. (DOGV 9022 de 17/02/2021)

 

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

1.    Los artesanos, artesanas y las pymes artesanas, que estén incluidos en alguno de los oficios recogidos en el Anexo II de las bases, y que cumplan los siguientes requisitos:

a.    Estar, en la fecha de solicitud de la ayuda, en posesión del Documento de cualificación artesana (DCA) o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización de la solicitud.

b.    Ejercer su actividad en la Comunidad Valenciana al menos desde el 1 de marzo de 2020.

c.     Haber sufrido una reducción de al menos el 30% de los ingresos en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019.

2.    Las personas beneficiarias no tendrán que incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3.    Las personas y empresas a las que se les concedan las ayudas deberán mantener la actividad artesana durante al menos 12 meses, a contar desde el día de la concesión de la subvención.

Los oficios subvencionables son: Abaniquero/a, alpargatero/a, artista fallero/a y foguerero/a, bastonero/a, bordador/a, Botero/a, calcetero/a, camisero/a a medida, cerero/a, constructor/a de instrumentos de cuerda, viento y percusión, corsetero/a, estampador/a de teles, dorador/a, encajero/a, engastador/a, espadero/a, fabricante de muebles y otros objetos de mimbre, caña, palma y similar, florista artesano/a, ganchillero/a, guarnicionero/a, hojalatero/a, joyero/a, maquetista, modisto/a a medida, orfebre, peletero/a a medida, pendolista, pirotécnico/a, platero/a, repujador/a de cuero, repujador/a de metales, sastre/a a medida, sombrerero/a a medida, tejedor/a, tintorero/a artesano/a, zapatero/a a medida y buñolero/a-churrero/a artesano/a.

El importe de la cuantía máxima a percibir será de 7.000 €.  Sólo se concederá una ayuda por empresa.

 

Estas ayudas serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquier administraciones o entes públicos o privados, locales, autonómicos, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

La solicitud se presentará de manera telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento habilitado a tal efecto https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=21480&version=amp

 

El plazo para la presentación de se iniciará el 1 de marzo y finalizará el 15 de marzo, ambos de 2021.

 

Las personas interesadas en estas ayudas pueden obtener toda la información en CREAMA, a través de la red de Agencias de Desarrollo Local (ADL) de Benissa, Calp, Dénia, Gata de Gorgos, Pedreguer, Pego, Teulada-Moraira y Jávea.

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